¿Se puede constituir una S.A.S. en sectores estratégicos en Ecuador en 2026?

En los últimos años, la Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) se ha convertido en una de las formas más utilizadas para emprender en Ecuador. Muchas personas la eligen porque permite crear una empresa de manera más sencilla, rápida y económica en comparación con otras figuras societarias tradicionales. Esta facilidad la volvió especialmente atractiva para emprendedores, pequeños negocios y proyectos en etapa inicial.

Sin embargo, desde 2025 surgió una fuerte confusión jurídica. Se empezó a decir que las S.A.S. ya no podían operar en sectores estratégicos como energía, telecomunicaciones, minería o agua, lo que generó miedo, incertidumbre y decisiones apresuradas por parte de muchas empresas que ya venían operando o que estaban por formalizarse. En 2026, el escenario legal ha cambiado de forma importante y hoy existe mayor claridad sobre lo que sí y lo que no se puede hacer

En este artículo te explicamos, qué ocurrió con esas restricciones, cuál es la situación actual y qué debes tener en cuenta antes de constituir una S.A.S. en sectores estratégicos en Ecuador.

Qué es una S.A.S. y por qué tantas personas la usan

La S.A.S. es un tipo de empresa creada para facilitar el emprendimiento y la formalización de negocios. Su objetivo principal es reducir trámites, costos y barreras legales para quienes desean iniciar una actividad económica de forma regular. Por esta razón, se ha convertido en una opción muy popular tanto para personas que emprenden solas como para pequeños grupos de socios.

Su flexibilidad permite adaptarse a distintos tipos de negocios, desde emprendimientos pequeños hasta proyectos que buscan crecer y atraer inversión. Muchas personas utilizan la S.A.S. como un primer paso para probar una idea de negocio, formalizar actividades que ya realizan o estructurar mejor su empresa sin necesidad de crear organizaciones complejas desde el inicio.

Qué se entiende por sectores estratégicos en Ecuador

En Ecuador, la Constitución establece que existen ciertos sectores considerados estratégicos por su importancia económica, social, ambiental y política. Estos sectores están relacionados con recursos naturales, servicios básicos y actividades clave para el desarrollo del país, por lo que el Estado mantiene un control especial sobre ellos.

Entre los sectores estratégicos se encuentran, por ejemplo, la energía, las telecomunicaciones, los hidrocarburos, el agua, la biodiversidad y los recursos naturales no renovables. Esto no significa que las empresas privadas no puedan participar en estas actividades, sino que su participación está sujeta a reglas especiales, como permisos, licencias, contratos administrativos o autorizaciones otorgadas por el Estado.

Por qué en 2025 se dijo que las S.A.S. estaban prohibidas en sectores estratégicos

En junio de 2025 se aprobó la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional que estableció una prohibición general para que las S.A.S. realicen actividades en sectores estratégicos y otros sectores altamente regulados. Esta norma no analizaba la actividad específica de cada empresa ni su tamaño, sino que prohibía directamente el uso de la figura S.A.S. únicamente por su forma jurídica.

Esta decisión generó una gran preocupación, ya que muchas empresas se vieron obligadas a pensar en transformarse a otro tipo de sociedad, modificar su objeto social o incluso cerrar, aun cuando venían operando de forma regular y cumpliendo con sus obligaciones. El ambiente de inseguridad jurídica fue inmediato.

Qué resolvió la Corte Constitucional y por qué fue tan importante

Ante esta situación, varias personas y colectivos presentaron demandas ante la Corte Constitucional. En septiembre de 2025, la Corte declaró inconstitucional la ley que había impuesto estas restricciones. Es importante aclarar que la Corte no evaluó si las S.A.S. son buenas o malas, sino la forma en la que se aprobó la ley.

El máximo órgano constitucional concluyó que el procedimiento utilizado no respetó las reglas previstas en la Constitución y que se vulneraron principios fundamentales como la seguridad jurídica, la igualdad ante la ley y la libertad de empresa. Como consecuencia, la prohibición quedó sin efecto y se eliminó la restricción general que impedía a las S.A.S. operar en sectores estratégicos.

Qué significa esto hoy para emprendedores y empresas

En 2026, la situación es clara: la S.A.S. puede constituirse y participar en sectores estratégicos en Ecuador. La forma jurídica ya no es, por sí sola, un impedimento. Esto ha devuelto tranquilidad a muchas empresas que habían quedado en un limbo legal y ha permitido que nuevos proyectos se desarrollen sin el temor de sanciones automáticas o disoluciones forzadas.

No obstante, es importante entender que este cambio no significa libertad absoluta. La eliminación de la prohibición no exime a las empresas del cumplimiento de las normas específicas de cada sector.

¿Puede una S.A.S. operar libremente en sectores estratégicos?

No. Aunque hoy se puede constituir una S.A.S. en sectores estratégicos, esto no implica una autorización automática para operar. Cada sector tiene requisitos propios que deben cumplirse, como permisos ambientales, contratos administrativos, licencias técnicas o autorizaciones regulatorias.

La S.A.S. debe cumplir exactamente las mismas exigencias que cumpliría cualquier otra sociedad que desarrolle esa actividad. En otras palabras, lo relevante no es el tipo de empresa, sino la actividad que realiza y la forma en que cumple la normativa aplicable.

En qué casos la S.A.S. puede ser una buena opción en sectores estratégicos

La S.A.S. puede resultar especialmente útil para proyectos innovadores, emprendimientos en etapa inicial o negocios que buscan formalizarse de manera rápida y ordenada. Es una alternativa atractiva para iniciativas relacionadas con energías renovables, tecnología, servicios ambientales o soluciones digitales vinculadas a sectores regulados.

En estos escenarios, la S.A.S. permite crecer de forma progresiva, manteniendo flexibilidad y control, siempre que se respeten las reglas específicas del sector en el que se opera.

Cuándo puede no ser la mejor opción

No todos los proyectos encajan bien en una S.A.S. Algunos negocios de gran escala, con inversiones elevadas o con exigencias regulatorias muy estrictas, pueden necesitar una estructura societaria más tradicional. En ciertos casos, los propios inversionistas o las autoridades prefieren otro tipo de empresa, especialmente cuando se trata de operaciones complejas o de largo plazo.

Por eso, no existe una figura perfecta para todos los casos. La clave está en analizar cada proyecto de forma individual.

Hoy, la S.A.S. vuelve a ser una alternativa real y segura para emprender en Ecuador, incluso en sectores estratégicos. El cambio jurídico devolvió estabilidad a miles de negocios, pero también dejó claro que cada actividad tiene reglas específicas que deben cumplirse.

En Derecho Ecuador analizamos tu caso de forma clara y personalizada para ayudarte a constituir o regularizar tu empresa conforme a la normativa vigente y al sector en el que operas. Una decisión bien asesorada hoy puede evitarte conflictos legales mañana.

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